Nosotros seguimos promoviendo la Convención Interamericana de los Derechos de las Personas Mayores. La semana pasada les contábamos una parte de lo que contiene el Preámbulo y ahora vamos a continuar.
Dice que “las personas mayores tienen derecho a tener una vida plena y saludable, tener una vida segura, tener una vida autónoma e independiente. Integrarse a su comunidad, participar de las actividades económicas, sociales y culturales de su comunidad, elegir a sus representantes, formar parte del gobierno de su país.
Los países de esta convención se comprometen a atender los asuntos que involucran a personas mayores, sin importar si son hombres o mujeres, trabajar juntos para hacer valer los derechos y libertades de las personas mayores, proteger los derechos y libertades de las personas mayores, crear leyes y desarrollar acciones para prevenir el abuso, el abandono y otras formas de violencia contra las personas mayores.
Así que, realmente esta convención ya está vigente en la Argentina, Chaco ya se ha adherido y tenemos entendido que hay un proyecto de ley para qué Corrientes también se adhiera. Así que bueno, ya le vamos a ir contando domingo tras domingo cuáles son los artículos que la componen. Esto es la Convención Interamericana de los Derechos de las Personas Mayores.
Bienvenidos a Vivir Plenamente.