Diputados de Chaco debaten proyecto de ley que tiene por objetivo incorporar la Asignatura del Buen Trato hacia las personas Adultas Mayores a la currícula escolar correspondiente a los Niveles Inicial, Primario y de las Escuelas Públicas y Privadas de la Provincia del Chaco.
Además, propone incluir como efeméride, en los mismos niveles, la fecha del 15 de junio como ‘’Día Mundial de la Toma de Conciencia de Abuso y Maltrato en la Vejez’’.
Cabe destacar, que el Proyecto de Ley fue elaborado por el Consejo Provincial de Adultos Mayores del Chaco y presentado en su oportunidad por el Diputado integrante de este Consejo Dr Luis Obeid.
Según detalles brindados por Rubén Acosta, ‘’La Comisión de Desarrollo Humano y Salud, ha estudiado el Proyecto 1292/21de Ley y ACONSEJAN la aprobación del siguiente proyecto y su inclusión en la Rama Temática E, conforme con la ley 2591 –A- Digesto Jurídico (antes Ley 7986)’’.
Compartimos el Proyecto de Ley:
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Realización de Taller de Toma de conciencia de Abuso y maltrato de Adultos Mayores en los niveles Primarios y Secundarios de las Escuelas Públicas y Privadas de la Provincia
Artículo 1°: Establécese la realización de Taller en los niveles primarios y secundarios de las Escuelas Públicas y Privadas de la Provincia, que tiene por objeto la Toma de Conciencia de Abuso y Maltrato de Adultos Mayores.
Artículo 2°:Determínase que este taller se efectuarán el 15 de junio de cada año, coincidiendo con el Día Mundial de la Toma de Conciencia de Abuso y Mal trato en la vejez.
Artículo 3°: Fijase como finalidad de esta jornada los que a continuación se detallan:
- Explicar a los alumnos que adquieran mayor sensibilidad y conciencia acerca del Buen Trato hacia las personas mayores.
- Fomentar los valores sociales, familiares y el rol de las personas mayores en su entorno, para lograr una sociedad más justa, inclusiva, integrativa y participativa.
- Participar activamente en campañas de sensibilización o concientización sobre la cultura del Buen Trato hacia las personas mayores.
Artículo 4º: La autoridad de aplicación será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTICULO 5°: Se faculta a la Autoridad de Aplicación a celebrar convenios de colaboración con el Consejo Provincial de Adultos Mayores de la Provincia del Chaco y organizaciones públicas o privadas que entiendan en la materia, con el objeto brindar experiencia y conocimientos en la temática.
Artículo 6º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.