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24 abril, 2024
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Previsional

¿Qué sucede con jubilados que obtuvieron beneficios antes y después del año 2000?

[dropcap]T[/dropcap]odos aquellos jubilados y pensionados que hayan obtenido el beneficio antes del año 2000, es importante que sepan que ‘’solo se puede hacer el reclamo vía administrativa y reclamar que se aplique de inmediato la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia (N` 86), dijo la Asesora Legal del Centro de Jubilados y Pensionados de Corrientes, Dra Silvia Susana Palacios.

Igualmente señaló que quienes hayan obtenido el beneficio después del año 2000, y que fueron al alcanzados por los decretos leyes de Mestres el 22 y 167, SI les cabe la posibilidad de realizar el reclamo a través del recurso de amparo, solicitando también los rubros no remunerativos.

El juicio – para el socio del Centro de Jubilado – es gratuito y no se le cobra nada. Solo se abona gastos de timbrado.

El Área Legales, actualmente se ocupa del Asesoramiento Legal y Previsional con atención al público en días y horas laborables.servicio9-570x321
Entre los trámite que se realizan están:
– Reajustes de haberes (Jubilación y Pensión)
Trámites administrativos ante I.P.S.
– Actualización de haberes
– Solicitud de aplicación de Sentencia Nº 86 del S.T.J.
– Actualizaciones de Medidas Cautelares
– Presentación de certificado de supervivencia
– Designación de beneficiarios en el seguro de vida
Judiciales
– Gestiones de Amparo ante la Cámara Laboral
– Juzgados Laborales y Contenciosos Administrativos
Esta a cargo de la Dra. Silvia Susana Palacios
 
Todos los trámites son gratuitos.
Correo: area_legales@yahoo.com.ar
Teléfonos de contacto: (0379) 442-5045 / (0379) 443-2818 – Interno:400
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