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7 octubre, 2024
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Garantizan el servicio de traslado fúnebre a beneficiarios del PAMI

[dropcap]L[/dropcap]a directora de la obra social de los jubilados, Norma Pérez, dijo que meses atrás tuvieron algunas dificultades por el retraso en el pago de la gestión anterior a empresas dedicadas a ese rubro. “Hoy por hoy estamos regularizados y no hay problemas”, afirmó.

En torno a algunos reclamos y consultas que realizaron a este medio familiares y afiliados del Programa de Atención Médica Integral (PAMI) Corrientes respecto de algunos inconvenientes que habrían ocurrido al momento de traslado a localidades del interior a fallecidos, la titular de la obra social local, Norma Pérez, aseguró a época que el servicio está garantizado.

“Hoy por hoy, si hay que hacer algún traslado a un fallecido se hace, no hay ningún problema y estamos regularizados”, dijo Pérez, quien admitió que “meses atrás tuvimos algunos inconvenientes en ciertos casos con el traslado del paciente fallecido desde un hospital a localidades del interior por parte de las empresas que brindan ese servicio para PAMI pero ya está solucionado”, dijo la directora de la obra social.

En ese sentido explicó que lo que ocurrió “se dio meses atrás, al poco tiempo de que asumí la gestión por la deuda de seis o siete meses en el atraso de pago que se tenía con las empresas dedicadas a hacer el traslado fúnebre”, afirmó y contó que actualmente dos de las empresas funcionan con normalidad.

“Logramos regularizar el pago de la deuda a estas empresas y lo que sí ahora se hace es una previa evaluación social de cada una de las prestaciones por los tantos desajustes que se encontraron de la gestión anterior”, explicó Pérez.

La situación habría originado reclamos de algunos afiliados por el retraso en el traslado de los fallecidos pero desde PAMI garantizaron la normalidad en tal cuestión.

Subsidio

Por otra parte, la titular de la obra social de los jubilados explicó que el PAMI abona un subsidio para la contención familiar por los gastos de sepelio del cónyuge del titular jubilado y/o pensionado, el cual consiste en una suma fija que paga el organismo previsional de $6.000 y se puede reclamar hasta el año de la fecha de fallecimiento del titular.

El trámite sólo se gestiona en ANSES o a través de la página web por medio de la base de datos actualizada.
Destacó que dicha gestión se desarrolla con normalidad, que no hay inconvenientes y que en el caso de que el fallecimiento sea del titular beneficiario, el pago del subsidio está a cargo de ANSES.

Fuente: Diario época

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