Si tenés que tramitar una jubilación o pensión, tu apoderado puede realizar solicitar turnos, realizar trámites o cobrar en tu nombre. Conocé en esta nota cómo hacerlo.
Apoderado para jubilados y pensionados
Aviso importante
Todos los apoderados de jubilados y pensionados que aún no hayan registrado su huella deben hacerlo antes del 30 de junio en el banco donde cobran habitualmente.
Apoderado para trámites
Si tenés que tramitar una jubilación, pensión o reajuste, tu apoderado puede solicitar turnos y realizar trámites en tu nombre.
Podés designar como apoderado a:
- Familiares: esposo/a, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
Apoderado para cobro
Podés designar como apoderado para cobro a:
- Una persona (familiar o no) para el cobro de la jubilación o pensión.
- Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.
- Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
- Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutuales e instituciones de asistencia social.
- Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
Requisitos
Para ser nombrado apoderado o representante es necesario:
- Ser mayor de 18 años. Si es menor, estar emancipado.
- Registrarse en el sistema de identificación biométrica Mi Huella.
Documentación
Varía según el caso:
- Esposo/a: acta/certificado de matrimonio en original y copia.
- Otros parientes documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI) o información sumaria judicial.
- Banco: PS 6.4 – Carta Poder firmado y sellado por autoridad bancaria.
- Tutor: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
- Curador: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
- Abogado: credencial vigente, PS 6.4 – Carta Poder, Formulario PS 6.300 – Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional) o Formulario PS 6.304 – Carta Poder Régimen Ley N° 24.476
Trámite
Si lo realiza un familiar es presencial sin turno. Si no lo realiza un familiar es presencial con turno.
Cómo realizar el trámite
El apoderado o representante debe tener su huella registrada. Se puede hacer en cualquier oficina de ANSES, con turno previo. Informate sobre el sistema Mi Huella.
DNI del titular y apoderado (original y copia). Formulario PS 6.4 – Carta Poder firmado por el titular y el apoderado y la documentación que corresponda.
Presentarse en una oficina de ANSES con la documentación indicada.
Si sos familiar del titular podrás presentarte de manera espontánea para realizar el trámite sin turno previo en una oficina de ANSES.
Tener en cuenta que los apoderados no pueden solicitar el crédito ANSES.
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