Obra Social para jubilados y pensionados
Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tiene derecho a la cobertura de una obra social al igual que sus familiares a cargo (cónyuge o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos con discapacidad sin límite de edad, hijos de cónyuge/ conviviente).
La obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión, la cual podés identificar mediante el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que es la constancia de obra social elegida o asignada con tus datos personales y de tu grupo familiar y la obra social asignada o elegida.
Otorgamieno de Obra Social
Al inicio deL trámite de jubilación o pensión deberás presentar el PS 5.7 – Derivación aportes de obra social firmado por tu empleador (exclusivo para jubilaciones ordinarias o pensiones directas), mediante el cual ANSES te asignará el código de descuento para derivar los aportes a la obra social.
Elección de Obra Social
Si durante tu actividad laboral tuviste una obra social provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, al momento de jubilarte te corresponderá la misma.
Si la obra social que tuviste durante la actividad laboral fue DIBA, Di.B.P.F.A. ó IOSE, tenés derecho a continuar con la obra social que tenías en actividad u optar por PAMI. En este caso, deberás presentrar el Formulario PS 5.8 – Asignación de Códigos de Obra Social.
Si la obra social que tuviste fue O.S.Le.R.A u O.S.Mi.S.S podés continuar con la obra social que tenías en actividad solicitando una Nota de Aceptación a la obra social y presentándola en ANSES. O bien, podés optar por PAMI.
Si tu obra social no es ninguna de las mencionadas, se te asignará PAMI. En ese caso, deberás solicitar un turno en PAMI para realizar la afiliciación presentando la Constancia de Empadronamiento (CODEM) entregado por ANSES, que podés obtener por internet.
Incorporación de grupo familiar a mi Obra Social
Si hay modificaciones en tu grupo familiar deberás declararlas para que tengan tu cobertura (nacimiento, matrimonio, convivencia, divorcio, fallecimiento, nuevos familiares a cargo u otros).
El resto de los miembros del grupo familiar que no declaraste al inicio, podés incorporarlos con el PS 5.5 – Opción de traspaso de Obra Social en cualquier oficina de ANSES sin turno.
Cambio de Obra Social
Un jubilado o pensionado que tiene PAMI, tiene derecho a cambiar por alguna de las obras sociales que figuran en este Listado de Obras Sociales.
Deberás presentar el Formulario PS 5.5 – Opción de traspaso de Obra Socialen cualquier oficina de ANSES sin turno o en la obra social elegida, hasta una vez por año.
Puede realizar el trámite personalmente o a través de un tercero que te represente a través de una nota firmada donde lo autorices.
Si la obra social elegida sólo acepta a beneficiarios que la hayan tenido durante la actividad laboral, deberás presentar el Formulario PS 5.11 – Aceptación de la Obra Social para Beneficiario/a de Origen y su Grupo Familiar (Decreto Nº 292/95) además del PS5.5.
Cobertura. Una vez realizada la opción de cambio de obra social, recibirás la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) entregado por ANSES.
El cambio de obra social se puede realizar llamando al 130, en cualquier oficina de ANSES o ante la Obra Social sin turno hasta una vez por año. También puede hacerlo un tercero en tu nombre con una autorización firmada.
Una vez realizado el cambio la fecha de vigencia de la nueva cobertura podrá verse en el CODEM, el cual deberá ser presentada ante la obra social elegida.