El organismo publicó el calendario que se define en función del monto a cobrar y el número de DNI.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzará a pagar las jubilaciones de agosto el lunes 9, tal como consta en el calendario oficial que publica el ente previsional cada trimestre.
El cronograma de cobro de los jubilados se define en función de dos variables: último número del DNI y monto del haber. Los que perciben menos de $14.705 cobran primero y quienes tienen una jubilación mayor a esa cifra, en las semanas siguientes.
Jubilados y pensionados que no superen los $14.705
Empezarán a cobrar a partir del 9 de septiembre. Las fechas son las siguientes:
Documentos terminados en 0: 9 de septiembre.
Documentos terminados en 1: 10 de septiembre.
Documentos terminados en 2: 11 de septiembre.
Documentos terminados en 3: 12 de septiembre.
Documentos terminados en 4: 13 de septiembre.
Documentos terminados en 5: 16 de septiembre.
Documentos terminados en 6: 17 de septiembre.
Documentos terminados en 7: 18 de septiembre.
Documentos terminados en 8: 19 de septiembre.
Documentos terminados en 9: 20 de septiembre.
Jubilados y pensionados que superen los $14.705
Empezarán a cobrar a partir del 23 de septiembre. Las fechas son las siguientes:
Documentos terminados en 0 y 1: 23 de septiembre.
Documentos terminados en 2 y 3: 24 de septiembre.
Documentos terminados en 4 y 5: 25 de septiembre.
Documentos terminados en 6 y 7: 26 de septiembre.
Documentos terminados en 8 y 9: 27 de septiembre.
Pensiones no contributivas
Los pagos también son según el último número del DNI:
Documentos terminados en 0 y 1: 3 de septiembre.
Documentos terminados en 2 y 3: 3 de septiembre.
Documentos terminados en 4 y 5: 4 de septiembre.
Documentos terminados en 6 y 7: 5 de septiembre.
Documentos terminados en 8 y 9: 6 de septiembre.
Las jubilaciones y pensiones aumentaron desde este mes un 12,22%. Con la suba, que corresponde por ley de movilidad, el haber mínimo pasó a ser de $12.937,22. La medida impactó también a los beneficiarios de la Pensión Única para Adultos Mayores (PUAM), pero no en la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Según detallaron desde Anses, se trata del tercer aumento anual contemplado en la ley de movilidad jubilatoria. Para llegar al cálculo de 12,22% el organismo previsional toma en cuenta los datos de inflación y de evolución de los salarios.