Por Silvia Stang para La Nación.
El proyecto de Ley Bases incluye un artículo que deroga la ley 27.705, por la cual rige un sistema de compra de aportes para acceder a una prestación previsional en el régimen de la Anses.
La normativa en cuestión fue aprobada por el Congreso a principios de 2023, para darle continuidad a los esquemas de moratorias que rigen desde hace casi dos décadas y que permiten obtener beneficios jubilatorios cuando se llega a la edad requerida en el régimen general (60 años las mujeres y 65 años los varones) sin haber reunido durante la etapa activa la cantidad de aportes exigidos por ley.
En la ley que el Gobierno busca dejar sin efecto, el capítulo que permite jubilarse sin cumplir previamente con los requisitos tiene fecha de vencimiento: el 23 de marzo de 2025. Si se aprueba tal como está el artículo 274 del proyecto de Ley Bases, la posibilidad de comprar contribuciones por períodos pasados caería de manera inmediata.
Ya sin ese esquema, la iniciativa prevé mantener la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que no tiene requisitos en cuanto a contribuciones, y crear una “Prestación de Retiro Proporcional” para quienes lleguen a los 65 años con aportes, pero sin reunir los 30 años exigidos por la ley 24.241.
Ese beneficio tendría como piso el valor de la PUAM, que equivale al 80% del haber mínimo contributivo (en mayo, la PUAM será de $152.113 y se agrega el bono de $70.000, para completar $222.113). Como la prestación proporcional regiría para personas con aportes, sería posible obtener beneficios incluso mayores al haber mínimo, dependiendo de cuántos años se haya contribuido y de los salarios que se haya tenido.
La primera diferencia con el sistema actual está en el monto básico, ya que con las moratorias se garantiza el haber mínimo del régimen contributivo, que el próximo mes será de $190.141 más el bono de $70.000, aunque en los primeros años se descuenta la cuota para pagar los aportes comprados (por lo tanto, se cobra menos). Otra gran diferencia está en la edad de acceso para las mujeres que, si no cumplen con los 30 años de contribuciones, ya no podrían cobrar una prestación a los 60 años (como con las moratorias), sino a los 65.
El texto que se debate en el Congreso delega al Poder Ejecutivo la definición de “los parámetros objetivos para el acceso” a haberes “que reconozcan los aportes efectivamente realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino”, y la aprobación de las condiciones para obtener las prestaciones.
El proyecto, de todas formas, hace referencia a una serie de requisitos para cobrar la PUAM, entre los cuales está el de no percibir “jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo”. De ratificarse eso en la reglamentación, no podría obtenerse la prestación proporcional si ya se cobra otra prestación.
Problemas laborales
El año pasado, según datos de la Secretaría de Seguridad Social, el 80% de las jubilaciones dadas de alta -396.330 de 488.490- requirió de una moratoria (con el plan de la ley que se busca eliminar, o con otro que seguiría vigente y que es de un alcance mucho más limitado). A la vez, dos tercios de las prestaciones jubilatorias hoy vigentes incluyeron o incluyen ese sistema de excepción a la regla general. Son 3,47 millones de jubilaciones, que se suman a poco más de 477.000 pensiones por fallecimiento, también obtenidas vía moratorias.
Esos datos son reflejo de la crisis social y laboral que sufre la Argentina de manera persistente. Las moratorias son una respuesta de carácter temporal a un problema estructural: la debilidad del mercado de trabajo y su falta de consistencia con lo exigido por las normas jubilatorias. A casi 20 años del inicio de esa política, hoy más de un tercio de los asalariados no tiene aportes y, si se mira el conjunto de empleados dependientes y a cuentapropistas, ese índice llega al 50%, según datos elaborados por el Instituto Di Tella sobre la base de la Encuesta Permanente de Hogares del Indec. El problema de fondo continúa y es una luz de alerta para el sistema jubilatorio.
Entre quienes recibieron su jubilación o pensión con moratoria, conviven muy diferentes realidades. Hay, por ejemplo, quienes sumaron más de 20 años de aportes, pero se encontraron con que el régimen no ofrece prestaciones proporcionales al tiempo contribuido cuando no se alcanza la exigencia de los 30 años.
Con la eliminación del plan de pagos de deuda previsional de la ley 27.705, para las personas sin aportes o con aportes insuficientes las alternativas serían, según la situación en que estén, esperar más años para completar el requisito de la cantidad de contribuciones, o recurrir a la PUAM o a la posible nueva prestación proporcional. En estos dos últimos casos el requisito será tener 65 años de edad.
La PUAM, que actualmente exige para el acceso pasar un examen socioeconómico, fue creada por ley en 2016 como alternativa a las moratorias, que por entonces se previó que irían terminando con el tiempo.
El sistema que se busca derogar
La ley 27.705 creó un mecanismo de compra de aportes y los períodos a adquirir abarcan desde los 18 años de edad de la persona hasta diciembre de 2008.
Para las mujeres rige el beneficio de contar entre uno y tres años de aportes por cada hijo. En los meses declarados como adeudados se debe haber residido en el país y no se debe haber trabajado en blanco (porque por esos períodos sí hay aportes).
Cada período mensual tiene un precio. Y su adquisición determina que se contabilice una deuda con el Estado. Si se cumplen ciertos requisitos, esa deuda no se paga efectivamente, sino que el solicitante comienza a percibir los haberes y de ellos se descuenta un monto para saldar la obligación durante un lapso de hasta 120 meses.
Cada mes de contribuciones tiene un valor equivalente al 29% de la remuneración mínima que rige para calcular los aportes de los asalariados a la seguridad social; en abril ese monto es de $16.729 y en mayo será de $18.571 (se actualiza con cada suba de haberes).
Quienes están en edad de jubilarse o la cumplen dentro de la vigencia del plan (hasta el 23 de marzo de 2025 si no hubiera derogación), adquieren las denominadas unidades de pago previsional. Y para acceder al plan de pago mediante descuentos de los haberes se debe pasar un examen socioeconómico. Quienes no pasan ese requisito, por tener ingresos y/o patrimonio elevados, no quedan de todas formas al margen de la ley, sino que pueden comprar los aportes -en un plan que implica un subsidio estatal- y pagar todo en una única vez, para obtener una prestación.
La ley también creó un plan de adquisición de períodos para personas a las que les faltan hasta 10 años para la edad jubilatoria. En estos casos se adquieren “unidades de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. Cada unidad vale un mes de contribución y puede accederse solo por períodos previos a abril de 2012. En estos casos, lo declarado como deuda se debe pagar efectivamente antes de jubilarse. Si se deroga la ley, debería establecerse qué ocurrirá con quienes ingresaron a este plan.
La otra moratoria
La otra moratoria que existe y seguirá vigente es la de la ley 24.476, aprobada en los 90 y reglamentada 10 años después. Las posibilidades de ingreso se fueron reduciendo con el paso del tiempo, porque permite cancelar deudas por aportes de meses previos a octubre de 1993.
Teniendo en cuenta que pueden declararse aportes impagos solo por períodos en que se haya tenido al menos 18 años, las condiciones del plan hacen que las mujeres que cumplen 60 este mes podrían entrar al plan por hasta 11 años y 6 meses de aportes, en tanto que los varones que lleguen ahora a sus 65 años podrían acceder por 16 años y 6 meses de aportes. Es decir, es una moratoria válida para quienes tienen buena parte de las contribuciones efectivamente hechas, siempre que los períodos que puedan declarar impagos coincidan con los habilitados por la ley (los comprendidos entre los 18 años de edad y septiembre de 1993).
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/