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Todas las personas que cobran una jubilación o pensión tienen derecho a una obra social

Obra Social para jubilados y pensionados Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tiene derecho a la cobertura de una obra social al igual que sus familiares a cargo (cónyuge o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos...

Mirian Blanchard
Por: Mirian Blanchard 29 de octubre de 2018

Obra Social para jubilados y pensionados

Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tiene derecho a la cobertura de una obra social al igual que sus familiares a cargo (cónyuge o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos con discapacidad sin límite de edad, hijos de cónyuge/ conviviente).

La obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión, la cual podés identificar mediante el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que es la constancia de obra social elegida o asignada con tus datos personales y de tu grupo familiar y la obra social asignada o elegida.

Otorgamieno de Obra Social

Al inicio de. Ltrámite de jubilación o pensión deberás presentar elfirmado por tu empleador (exclusivo para jubilaciones ordinarias o pensiones directas), mediante el cual ANSESte asignará el código de descuento para derivar los aportes a la obra social.

Elección de Obra Social

Si durante tu actividad laboral tuviste una obra social provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, al momento de jubilarte te corresponderá la misma.

Si la obra social que tuviste durante la actividad laboral fue DIBA, Di.B.P.F.A. ó IOSE, tenés derecho a continuar con la obra social que tenías en actividad u optar por PAMI. En este caso, deberás presentrar el.

Si la obra social que tuviste fue O.S.Le.R.Au O.S.Mi.S.Spodés continuar con la obra social que tenías en actividad solicitando una Nota de Aceptación a la obra social y presentándola en ANSES. Obien, podés optar por PAMI.

Si tu obra social no es ninguna de las mencionadas, se te asignará PAMI. En ese caso, deberáspresentando la Constancia de Empadronamiento (CODEM) entregado por ANSES,

Incorporación de grupo familiar a mi Obra Social

Si hay modificaciones en tu grupo familiar deberás declararlas para que tengan tu cobertura (nacimiento, matrimonio, convivencia, divorcio, fallecimiento, nuevos familiares a cargo u otros).

El resto de los miembros del grupo familiar que no declaraste al inicio, podés incorporarlos con elen cualquier oficina de ANSESsin turno.

Cambio de Obra Social

Un jubilado o pensionado que tiene PAMI, tiene derecho a cambiar por alguna de las obras sociales que figuran en este Listado de Obras Sociales.

Deberás presentar el Formularioen cualquier oficina de ANSESsin turno o en la obra social elegida, hasta una vez por año.

Puede realizar el trámite personalmente o a través de un tercero que te represente a través de una nota firmada donde lo autorices.

Si la obra social elegida sólo acepta a beneficiarios que la hayan tenido durante la actividad laboral, deberás presentar el Formularioademás del PS5.5.

Cobertura.Una vez realizada la opción de cambio de obra social, recibirás la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) entregado por ANSES.

El cambio de obra social se puede realizar llamando al,o ante la Obra Socialsin turnohasta una vez por año. También puede hacerlo un tercero en tu nombre con una autorización firmada.

Una vez realizado el cambio la fecha de vigencia de la nueva cobertura podrá verse en el CODEM, el cual deberá ser presentada ante la obra social elegida.