[dropcap]E[/dropcap]n sus haberes del mes de enero, a los jubilados que dependen de la Anses se les descontó el impuesto a las Ganancias según el esquema que rigió en el año 2016 y sin que se aplicaran, por tanto, las modificaciones previstas en la ley 27.346, que provocan un alivio en la carga tributaria. De esta manera, se les descontó el impuesto a personas que, según la nueva normativa, ya no están alcanzadas por esa obligación fiscal y, en el caso de quienes sí tributarán este año, el descuento del mes pasado fue mayor a lo que debió haber sido.
Ante la consulta de LA NACION, en la Anses admitieron la situación y señalaron que la compensación correspondiente se hará con el próximo pago de haberes. Es decir, con la liquidación de los ingresos de este mes ya se hizo un recálculo considerando las nuevas disposiciones y ahora se devolverá lo que haya sido descontado de más en enero. Hasta el año pasado, unos 238.000 jubilados estaban alcanzados por el impuesto, que se cobraba según los mismos criterios vigentes para los asalariados.
A partir de la reforma que fue aprobada en diciembre del año pasado -la reglamentación se emitió cuando la Anses ya había hecho las liquidaciones de los haberes de enero-, no tributarán los jubilados que cobren mensualmente hasta un monto equivalente a seis veces el haber mínimo. Eso hoy indica un ingreso mínimo alcanzado por Ganancias de $ 33.966 (brutos), pero la cifra variará a partir de marzo, cuando corresponde que se aplique la primera recomposición por movilidad de este año. En 2016 pagaron Ganancias quienes tenían un haber bruto de alrededor de $ 19.500 (o una cifra mayor, si es que podían deducir cónyuge e hijos, aunque esta posibilidad es poco habitual entre los jubilados).
De todas formas, y según marca la ley, para quedar alcanzado por el mínimo no imponible de $ 33.966 y no por el de $ 27.934 que rige para los asalariados, se deben cumplir dos condiciones: no percibir ingresos de otra naturaleza y no estar alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales (salvo que la obligación de pagar este tributo se derive exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda).
Para un jubilado con un haber neto de $ 25.000, el impuesto mensual será de $ 110, en tanto que con el esquema anterior el descuento implicaba $ 1365 por mes (las cifras incluyen ya el proporcional por el aguinaldo). Con un ingreso neto de $ 35.000, en tanto, se descontarán $ 1960, mientras que en el esquema anterior la cifra alcanzaba los $ 4987.
Con el pago de los haberes del mes pasado la Anses hizo la devolución de lo descontado de más (en los casos correspondientes) por Ganancias del medio aguinaldo de diciembre pasado. Según lo dispuesto, hubo entonces una exención para los primeros $ 15.000 cobrados por ese concepto, siempre que el ingreso mensual no fuera superior a los $ 55.000. Como la medida había sido aprobada cuando el organismo previsional tenía ya hechas las liquidaciones, el impuesto se había descontado sin considerar esa normativa. Y la compensación llegó el mes pasado, según afirmaron desde la Anses.