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19 abril, 2024
VIVIR PLENAMENTE
Editoriales

”El derecho de las personas mayores al votar” l Por Mirian Blanchard

Hablaba con una amiga del programa y me decía no sé si voy a ir a votar, las piernas ya no me dan para estar mucho tiempo parada y después de eso, a la tarde recibí el llamado de la Dra. Gladys Esther Pereyra Pte. de la Junta Promotora del Consejo Participativo de las Personas Mayores de Corrientes y me manifiesta su preocupación por sus pares que van a ir a votar. Porque muchas amigas están muy bien en su apariencia, pero no le dan la fuerza para estar paradas tanto tiempo y siempre se produce roces, con las demás personas que hacen cola, porque si no te ven encorvado y con bastón no te quieren dar la prioridad que te corresponde por edad. Tenemos mucho por trabajar sobre los estereotipos que asocian vejez con enfermedad y/o decrepitud.

Automáticamente pensamos qué podíamos hacer, con quién podíamos hablar y es así, que entrevistamos al Pte. De la Junta Electoral de la Provincia de Corrientes el Dr. Gustavo Sánchez Mariño, para saber cómo sería los protocolos y las pautas acordadas para las personas mayores y comentarle nuestras preocupaciones, a la hora de votar.

El Dr. Mariño no explicó que tendrán prioridad y si lo necesitan pueden ir acompañados e informar al personal policial sobre su condición y los harán pasar, ahora vamos a compartir la nota.

Y también quiero hablarles a los familiares que nos están escuchando, porque, por ahí, algunos no  quieren llevar a las personas mayores a votar, con la excusa válida o no, de evitar exponerlos al virus. Pero debemos tener presente que las personas mayores son sujeto de derecho hasta el último día de su existencia y jamás pierden su autonomía. Su derecho decidir qué hacer, esto está garantizado en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en su Artículo N° 27, sobre los Derechos Políticos, don se especifica:

La persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminados por motivo de edad.

La persona mayor tiene derecho a votar libremente y ser elegido, debiendo el Estado facilitar las condiciones y los medios para ejercer esos derechos.

Los Estados Parte garantizarán a la persona mayor una participación plena y efectiva en su derecho a voto y adoptarán las siguientes medidas pertinentes para:

a) Garantizar que los procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar.

b) Proteger el derecho de la persona mayor a emitir su voto en secreto en elecciones y referendos públicos, sin intimidación.

c) Garantizar la libre expresión de la voluntad de la persona mayor como elector y a este fin, cuando sea necesario y con su consentimiento, permitir que una persona de su elección le preste asistencia para votar.

d) Crear y fortalecer mecanismos de participación ciudadana con el objeto de incorporar en los procesos de toma de decisión en todos los niveles de Gobierno las opiniones, aportes y demandas de la persona mayor y de sus agrupaciones y asociaciones.

Por lo tanto,  desde acá hacemos un llamado especial a quienes sean Presidente de Mesas, a los Directivos de las Escuelas, al Personal policial y a las familias, a que faciliten a las personas mayores, ejercer sus Derechos Políticos. Y las personas mayores vayan a votar, ejerzan sus derechos, ustedes saben lo difícil que fue recuperar la democracia y sostener los valores republicanos que nos definen  como nación, ejerzamos nuestra ciudadanía con compromiso y responsabilidad.

Viva la democracia y la república, que supimos conseguir!!

Bienvenidos a vivir plenamente.

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