Eugenio Semino sostuvo que recorta derechos consagrados en pactos internacionales incorporados a la Constitución. El Gobierno analiza diferir el cambio de fórmula para evitar más juicios.
La reforma previsional que tiene media sanción del Senado y comenzará a discutirse en la cámara de Diputados altera la fórmula de actualización de las jubilaciones. Según los distintos cálculos, los jubilados cobrarán aumentos de acuerdo con la inflación, pero percibirán menos de lo que obtendrían con la actual fórmula de movilidad. Por eso, el defensor de la tercera edad, Eugenio Semino, advirtió que planteará la inconstitucionalidad de la ley, si finalmente el Congreso convalida los cambios que el Ejecutivo nacional negoció con los gobernadores.
Según las proyecciones de la consultora Eco Go, los jubilados deberían cobrar un aumento del 13,8 por ciento en marzo, de acuerdo con la ley actual. En cambio, la reforma desdoblaría ese aumento en dos pagos (marzo y junio), y cambiaría la fórmula por una ligada a la inflación, que implicaría incrementos menores: 5,7 por ciento en marzo y 5,6 por ciento en junio. En todo 2018, la diferencia entre una y otra fórmula sería de casi cuatro puntos porcentuales. Los jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales recibirían, en conjunto 68.000 millones de pesos menos.
“Desde la Defensoría, vamos a plantear la inconstitucionalidad”, advirtió Semino a TN.com.ar. “Coincidimos con Félix Loñ y Daniel Sabsay”, agregó, en referencia a los abogados constitucionalistas que, en diálogo con Ámbito Financiero, advirtieron la semana pasada sobre los problemas jurídicos de la reforma.
El abogado Andrés Gil Domínguez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires (UBA), consideró que la reforma previsional que se discute en el Congreso es contraria al “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que tiene estabilidad constitucional, y a las observaciones que hizo el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”. Y explicó: “La fórmula nueva, en la medida que implique una regresión desde lo que se está ganando (en la actualidad), viola los derechos de los jubilados, como derecho económico, social y cultural. La pauta que rige es la de progresividad: si se adoptan posturas regresivas, se viola el derecho a la previsión social”. En este caso, eso ocurriría porque la actualización planteada sería menor a la que correspondería con la fórmula prevista en la ley de movilidad vigente.
“Cualquier modificación en la fórmula de cálculo que implique que los jubilados ganen menos es regresiva y viola los derechos económicos, sociales y culturales”, enfatizó Gil Domínguez.
El puente
Legisladores de la oposición advirtieron que los cambios previsionales podrían generar una nueva ola de juicios de jubilados por algo más concreto: el cambio de fórmula se “come” el aumento correspondiente a un trimestre.
La ley de movilidad actual ajustará las jubilaciones y planes en marzo de 2018 en base a la evolución de la recaudación y los salarios del segundo semestre de 2017. Eso implica un incremento del 13,8 por ciento, de una vez. Es un monto que está prácticamente devengado.
La reforma previsional altera esos planes. Por un lado, porque cambia la fórmula. Pero también, porque modifica la periodicidad. Con el proyecto en discusión, el incremento de marzo obedecerá a una combinación de IPC (70%) e Índice salarial (30%) del tercer trimestre de 2017. Los beneficiarios cobrarían el ajuste correspondiente al segundo semestre de 2017 en dos partes: la segunda, en julio próximo. “Todo está bajo análisis, no hay ninguna definición tomada”, indicaron en el Palacio de Hacienda.
La senadora Laura Elena Rodríguez Machado, presidenta del Bloque Pro, sostuvo que, para salvar ese eventual perjuicio, el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a decidir cuándo aplicará la nueva fórmula. “El decreto reglamentario va a fijar cuándo se va a aplicar”, dijo.
Así, una alternativa que comenzó a esbozarse en despachos oficiales sería pagar el haber de marzo con la actualización vieja (13,8% por el semestre 2017) y comenzar a aplicar el nuevo cálculo recién en el tercer trimestre de 2018, con la inflación y los salarios del primer trimestre del año como referencia.
Así y todo, según Semino y Gil Domínguez, la reforma sería inconstitucional. Pero el Estado tendría una batalla menos que dar.
Fuente: tn.com.ar