El Protocolo de Actuación constituye una guía de buenas prácticas y herramientas útiles puestas a disposición de las Oficinas Judiciales para encaminar la modalidad de actuación en casos que involucren a personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad.
El documento tiene el objetivo promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
El protocolo fue aprobado por los ministros de la Corte Provincial en el Acuerdo 15/2020. Fue presentado conjuntamente por los doctores Alejandro Chain y Guillermo Semhan. El objetivo es la implementación gradual de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
La iniciativa, que tuvo el visto bueno del Superior Tribunal, fue redactada por los Jueces de Paz de Mocoretá y Mburucuyá, doctores Luis Jorge Podestá y Sergio Juniors Shwoihort, respectivamente con el propósito de facilitar el acceso a justicia y agilizar la tramitación judicial de causas que involucran a adultos mayores.
Herramientas disponibles
El Protocolo de Actuación constituye una guía de buenas prácticas y herramientas útiles puestas a disposición de las Oficinas Judiciales para encaminar la modalidad de actuación en casos que involucren a personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad.
Este instrumento comprende un conjunto de procedimientos específicos establecidos para un abordaje rápido y eficaz, como pauta indicativa para el trabajo articulado e interinstitucional, que procura marcar un camino de acción, tendiente a garantizar el efectivo acceso a justicia, con la intención de evitar situaciones de desamparo para este colectivo de sujetos que, por sus circunstancias, requieren una protección o tutela calificada.
Objetivos del Protocolo
Entre los objetivos generales se incluye fomentar y fortalecer políticas públicas tendientes a la difusión, sensibilización, prevención y asistencia integral en los casos de personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad.
También busca promover en cada localidad, ciudad o departamento de la Provincia, redes de trabajo y de abordaje interdisciplinario e interinstitucional, a los fines de coordinar un esquema de abordaje conjunto.
Todo esto con el fin de optimizar la intervención de las oficinas judiciales que integran el Poder Judicial de la Provincia, en cuestiones vinculadas con la tutela y protección de personas adultas mayores.
Se buscará capacitar a todo el personal del Poder Judicial e instituciones involucradas en la temática, a fin de perfeccionar, optimizar y sensibilizar la atención de personas adultas mayores.
También se determinarán estrategias concretas para la aplicación de medidas preventivas respecto al cuidado y atención de personas adultas mayores.
Personas Mayores
La Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las Personas Mayores define en su artículo 2º, como “Persona mayor”, a aquella de sesenta años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que ésta no sea superior a los sesenta y cinco años. Este concepto incluye, entre otros, el de persona adulta mayor.
Fuente: Poder Judicial de la Provincia de Corrientes