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26 diciembre, 2024
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NO MAS SILENCIO: LAS LEYES QUE HABLAN POR LAS PERSONAS MAYORES

Estamos a menos de 24 horas de definir el rumbo que tomará la Argentina, en principio para los próximos cuatro años, por ello en el mes de las personas de edad, es más que significativo, conocer sus derechos. Ya que no vimos propuestas concretas para el sector más allá de definirlos, desde algún espacio político como “viejos meados”, o ver a las mismas personas mayores tomar la posta y argumentar porque deciden votar a determinada persona, spot del actor Pablo Alarcón y otros. Dado que estaremos realizando una actividad el próximo 24, en Resistencia junto al Consejo Provincial de Adultos Mayores, centramos el presente trabajo en la realidad chaqueña.Ruben Acosta, Vicepresidente del Consejo Provincial, de Adultos Mayores de Chaco

La cuestión de fondo es que el envejecimiento de la población es una realidad y plantea desafíos significativos. Chaco tiene una población de 195.250 personas mayores de 60+ (votos muy valiosos en estas elecciones donde todo es muy incierto) y más de 100 clubes que los nuclean en todo el territorio provincial. Garantizar el bienestar y la seguridad de las personas mayores debería convertirse en una prioridad para los Estados, a través de leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales, que las hay, pero la mayoría no se aplican  y sólo quedan en buenas intenciones, por eso es necesario conocerlas y exigir su aplicación.

Leyes Nacionales:

Argentina cuenta con leyes federales que protegen los derechos de las personas mayores. La principal es la Ley Nacional N°27700/22, que le otorga  estatus constitucional a la Convención Internamericana de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que ya contaba con la adhesión internacional de rigor, por medio de la Ley N° 27.360/17. Asimismo existen otras leyes en otros distritos, que establecen medidas para proteger a los adultos mayores contra el maltrato y la violencia y aseguran el acceso a servicios de salud, incluyendo atención médica y medicamentos gratuitos, pero en esta oportunidad nos vamos a concentrar en la provincia del Chaco y la ciudad de Resistencia.

Leyes Provinciales:

A nivel local Chaco, tiene más de una veintena de Leyes, Decretos y Resoluciones  de protección y promoción de las personas mayores, como ser: Ley Nro. 2553-B (Antes Ley 7942) justamente, de Promoción y Protección Integral. La cual pone el foco en su Art. 4, entre otras cosas, en responsabilidades primarias del grupo familiar del adulto mayor y  también a las diversas áreas del Estado que tienen competencia en la materia. Deja claro el derecho (en el marco de una democracia participativa) de ser parte activa en la vigencia plena y efectiva de las prerrogativas y garantías de los adultos mayores, como así también de su contención. Les comparto el link para que puedan conocer el texto en su totalidad. https://cuidandonos.chaco.gob.ar/static/files/L.2553.B.pdf

Por otra parte se estamos adheridos a la Convención Interamericana de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (L.2761.G/Ley Nac. N°27360/17), tenemos leyes que promueven talleres para concientizar sobre el respeto y buen trato a las personas mayores que se deben hacer durante el mes de julio. También se prevé la generación de Unidades Atención Geriátricas (L.3243G.) en los Hospitales de cabecera de todo el territorio provincial, que aún no fue implementado por el Ministerio de Salud Publica de la Provincia. En su momento el Vicepresidente del Consejo de Adultos Mayores de la Provincia del Chaco, Rubén Acosta le reclamó a la Ministra de Salud Pública Carolina Centeno y la respuesta fue que estaban por implementar otra modalidad de atención y aún no tienen novedades sobre qué es lo que se definió…

Para quienes deseen profundizar en el conocimiento de las normativas existentes, les comparto el link https://digesto.legislaturachaco.gob.ar/Documentos/Documento/BusquedaPublica para que las puedan conocer y sobre todo hacerlos valer. No debemos desalentarnos porque algunas de ellas, no hayan sido  aplicadas aún, como ser la creación de las Unidades de Atención Geriátrica, a la que hacía referencia anteriormente. Contar con la Ley es un avance y tendremos que seguir trabajando por un servicio de salud centrado en la persona, con una visión interdisciplinaria como lo promueve la Convención Interamericana de los DDHH de las Personas Mayores con rango Constitucional, Ley Nac. N°27700/22.

Ordenanzas Municipales:

Numerosos municipios adoptaron ordenanzas para mejorar la calidad de vida de las personas mayores en sus comunidades. Estas ordenanzas pueden incluir medidas para hacer que los espacios públicos sean más accesibles, programas de transporte adaptado y actividades recreativas específicamente diseñadas para personas mayores.

La Municipalidad de Resistencia, tiene casi una decena de ordenanzas que promueven la integración social de las personas mayores, que velan por su bienestar físico, e incluso tiene una normativa que propone la creación de una línea telefónica para asistir e informar a las personas mayores sancionada en 2016 – (Ordenanza N°11813) y nunca fue implementada por los diversos Ejecutivos. Por normativa N°13035/2019 se fija el 26 de Julio como el Día Municipal de Adulto Mayor, Ordenanza N°3181-A fija la creación de Clubes Barriales, otras apuntan a la capacitación e Inclusión Digital, pero al igual que a nivel provincial la mayoría de ellas sólo quedaron en buenos deseos. E incluso más la Ordenanza 3355-F (antes Ordenanza N°13732) del 16 de noviembre del 2021, prevé la Creación de un Observatorio Municipal de Personal Mayores, espacio Plural y Participativo; le pregunte a Rubén Acosta, Vicepresidente del Consejo Provincial de Adultos Mayores y me dijo que no tenía conocimiento de la existencia de dicho espacio, que jamás le habían notificado y mucho menos convocado…

El impacto de estas leyes y ordenanzas es significativo. Debieran garantizar que las personas mayores tengan acceso a servicios de atención médica, vivienda adecuada y protección contra el maltrato y el abuso. Además, fomentan la participación activa en la sociedad, lo que mejora la salud mental y emocional.

Sin embargo, a pesar de estos avances, aún existen desafíos. Es esencial una aplicación efectiva de estas leyes y una continua sensibilización en la sociedad para eliminar estigmas y promover la inclusión de las personas mayores en todos los aspectos de la vida cotidiana, por eso agradezco a diario Norte  de Chaco y a todos los colegas que generan espacio, para hablar de estos temas.

Las leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales en Argentina constituyen un paso positivo hacia la protección y el respeto de los derechos de las personas mayores. Sin embargo, es un trabajo en progreso que requiere esfuerzos continuos para garantizar que cada persona mayor viva con dignidad y plenitud en nuestra sociedad.

Lic. Mirian Blanchard.

Bono contribución por el Aniversario del Hospital Geriátrico

 

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